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Reforma al Código Penal: Elimina a Jurados de Conciencia


El presidente de la República, la semana pasada envió la solicitud a la primer secretaría de la Asamblea Nacional, la "iniciativa de ley de reforma a ley N° 641, código Penal, a la ley N° 779, ley integral contra la violencia hacia las mujeres y de reformas a la ley N° 641, Código Procesal Penal y a la ley N° 406, código procesal penal"; pretende aumentar las sanciones penales e incrementar el número de años de privación de libertad para quienes cometen delitos graves como: parricidio, asesinatos, femicidios y violaciones a menos de 14 años, entre otros delitos sexuales. Según la presidenta la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, María Auxiliadora Martínez, estas reformas vendrán a fortalecer la seguridad humana y la seguridad ciudadana en el país. El Magistrado de la Corte Suprema de Justica, Rafael Solís, indicó que el artículo 22 de la ley N° 406, Código Procesal Penal, no tendrá roce con la constitución política del país. El traslado de los casos de los departamentos a Managua sólo se aplicará a los más delicados. La reforma también incluye algunas modificaciones en cuanto a las competencias de los jurados de los jueces penales y la eliminación de los jurados de conciencia para algunos casos penales. Carlos Emilio López, también miembro de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, aseguró que esta reforma no violenta la Constitución Política, porque así está establecido en su artículo 34 numeral 3. La Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos está a la espera de que envíen la reforma al código penal, para realizar las consultas a los actores competentes, en este caso a la Corte Suprema de Justicia, a la Policía Nacional, al Ministerio Público, a la Procuraduría General de la República, la empresa privada, entre otros. Foto de Portada: Cortesía Periódico Hoy Margin Pozo / Periodista de Notivos mpozo@vostv.com.ni