Foto Cortesía

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Contabilizan más de 50 estafas a través de redes sociales y páginas web hasta octubre del 2021

Con el auge de las plataformas en línea, este tipo de delitos ha aumentado


La Consultoría de Gestor al Consumidor (CGC) informó que hasta el mes de octubre tienen en sus registros 55 denuncias por estafa, las cuales se han consumado a través de las plataformas digitales.

“Hemos tenido hasta octubre del 2021 al menos 55 denuncias de muchos nicaragüenses a los que los han estafado, les han quitado su dinero antes de entregarle el producto, por eso recomendamos que nunca paguen por adelantado estos productos mientras no los vean porque podrían caer en la publicidad engañosa”, explicó Rubén Arriola, director ejecutivo de la CGC.

Según el defensor de los consumidores, hay denuncias de ciudadanos que realizan compras en línea y los alimentos les llegan vencidos.

“Hay que identificar a la persona que lleva el producto, su carnet de identificación ciudadana, su uniforme, el color de la motocicleta, tomarle foto a la placa, a veces no nos fijamos en estas cosas que son tan necesarias para evitar una estafa o un hurto”, enfatizó Arriola.

Expertos afirman que es necesaria una reforma a la Ley 842, Ley de protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias, para que tipifiquen y especifiquen los delitos de estafa en las redes sociales por la venta de productos de mala calidad y publicidad engañosa.

Arriola destacó que es necesaria esta actualización, pues con la pandemia de la Covid-19 más personas se dedican a comprar en línea.

“Los delitos de robarle, de hurtarle al consumidor no está en esta ley y eso es preocupante porque con la pandemia del coronavirus los nicaragüenses nos hemos vuelto un poco más electrónicos”, dijo Arriola.

Sin embargo, para el abogado José Antonio López, experto en derecho penal, no es primordial que sea tipificado en la Ley 842 este tipo de delitos porque en el Código Penal de Nicaragua ya está tipificada la estafa agravada en el artículo 230.

“En el inciso F de ese artículo se habla de la estafa agravada valiéndose de tarjeta de crédito o débito propia o ajena, o con abuso de firma en blanco, en línea por lo general se usan estas formas de pago, entonces si lo hacen así caerían en la estafa agravada”, dijo López.

Según el experto, la misma Ley habla de penalizar cada uno de los delitos como son la publicidad engañosa, la estafa y la estafa agravada, pero esta última solo castiga con cárcel solo si supera los dos salarios mínimos.

“Es decir, si ahorita el salario mínimo por ejemplo está en 5,936, la estafa agravada tiene que contemplarse en 11,872 para que pueda equipararse entre una estafa real agravada”, finalizó López.