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Diputados aprueban Reforma a Ley de Aguas Nacionales, esto es lo que contempla

La reforma a dicha Ley contó con 74 votos a favor.


Diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua aprobaron este jueves con 74 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones una reforma a la Ley 620, Ley General de Aguas Nacionales, con el que se le da a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) las facultades de nuevo administrador de los servicios de agua potable y residuales en el país.

De esta manera se le resta competencias al Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillado (INAA).

La iniciativa contempla cambios en los artículos referidos a la administración de las cuencas y fuentes de agua, así como también en la administración de los servicios de agua potable. Con la reforma a la Ley 620, a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) se le otorga la función de decidir a qué institución entregar concesiones y a la vez regular este servicio.

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La reforma contempla ahora en el artículo 2 inciso C “regular el otorgamiento de derechos de uso o aprovechamiento del recurso hídrico y de sus bienes”, inciso D “garantizar el suministro de la prestación de servicios de agua potable y saneamiento en cantidad, calidad y continuidad a través de los prestadores de servicios conforme a las leyes de la materia”.

La reforma, previo a su aprobación, generó alarmas en algunos sectores económicos que han manifestado que la propuesta del ejecutivo tiene como fin una posible privatización del agua potable y servicios anexos. Sin embargo, durante el debate antes de la votación a la reforma, Edwin Castro, jefe de bancada del partido Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), descartó que las modificaciones estén encaminadas para dicho fin.

"El servicio de agua potable no será objeto de privatización alguna; directa o indirectamente y será considerado siempre de carácter público. Su administración, vigilancia y control estará siempre bajo la responsabilidad y tutela del Estado", resaltó Castro.

Al artículo 4, que menciona que el servicio de agua potable no será objetivo de privatización alguna, le suprimieron las líneas finales sobre la vigilancia que debe ejercer el Estado para garantizar tal fin “a través de las instituciones creadas para tales efectos o de las que se creen en el futuro”.

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Recientemente, el Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep) interpretó esta reforma a la Ley General de Aguas Nacionales como una medida del gobierno para seguir recaudando más recursos económicos por medio de los usuarios.

Un comunicado del Cosep señala que “la decisión de hacer desaparecer al INAA y hacer de la ANA una instancia con funciones y recursos extraordinarios obedece a la voluntad política del gobierno de controlar, centralizar, politizar y seguir instrumentalizando conforme sus intereses partidarios el quehacer público”.

Michael Healy, presidente del Cosep, consideró además que el ANA, el ente que administrará ahora los recursos hídricos, es una entidad con historial de falta de transparencia, actuaciones arbitrarias y bajo nivel de eficiencia.

Arling Alonso Gómez, diputada del FSLN, mencionó que la reforma otorga a la ANA la facultad de regulación, fiscalización y normación del sector agua potable y de saneamiento del país, es decir, que habrá una solo función entre ANA e INAA con la finalidad de contar con solo una instancia reguladora de los recursos hídrimos del país.

Para su aprobación, la Junta Directiva de la Asamblea Nacional consultó únicamente con la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Parlamento para su debido dictamen.