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Advierten con multas a bancos y financieras, si no reportan "Operaciones Sospechosas"


A partir del 30 de julio los bancos, financieras y aseguradoras deberán brindar información de fondos o activos de personas o entidades cuando la Unidad de Análisis Financiero (UAF) la requiera. De lo contrario, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financiera (SIBOIF) estaría con la potestad de aplicar multas desde 5 mil hasta 50 mil dólares para aquellas entidades que no reporten dicha información. El objetivo es buscar la prevención de lavado de activos en Nicaragua.

"La lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado debe ser permanente. Estas regulaciones son normales en todos los países. Sin embargo, el problema en Nicaragua es que se han utilizado algunas leyes como la de la lucha contra el terrorismo contra los jóvenes que se revelaron en abril”, explicó el diputado Jimmy Blandón.

Diputado Jimmy Blandón. FOTO: VOS TV | CORTESÍA

Entregarán listado de personas y entidades a reportar

La UAF proveerá a los bancos y financieras un listado de personas o entidades con el objetivo de congelar sus fondos de manera preventiva y tenerlos entre su cartera de clientes. También serán sancionados “cuando la entidad supervisada efectúe la búsqueda en su base de datos y detecten fondos o activos relacionados con las personas o entidades designadas en la lista que haya recibido de la UAF”, establece la norma emitida por la SIBOIF.

"Esta medida se estableció desde que se creó en Nicaragua la Unidad de Análisis Financiero (UAF). Recordemos que la medida tiene varios años de estarse implementando en los bancos. Cuando hay transacciones mayores a U$10 mil dólares deberían ser reportadas”, expresó el diputado Douglas Alemán.

La normativa señala que también multarán a los bancos, financieras y aseguradoras que congelen los recursos sin haber notificado a la UAF.

Además, la medida contempla sanciones cuando se demoren en informar a la UAF o cuando la entidad supervisada revoque o modifique el congelamiento de fondos y activos sin la autorización de la entidad judicial.

Recientemente el Poder Legislativo reformó esta la Ley 977, para obligar a los notarios públicos y abogados a reportar ante la Corte Suprema de Justicia a clientes ligados al crimen organizado y lavado de capital. Antes de la crisis de abril de 2018, los únicos que estaban siendo regulados por la UAF eran los contadores públicos.