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¿Qué necesita un menor para salir de Nicaragua?

Una experta legal te explica más sobre el tema.


De conformidad con lo dispuesto en la Dirección General de Migración y Extranjería de Nicaragua, para que cualquier persona pueda salir del territorio nacional, debe portar un pasaporte, pero para la obtención del mismo se deben cumplir con una serie de requisitos según la particularidad de cada situación.

Por ejemplo: Si es mayor de 18 años; si es menor de 18 años; si los padres son extranjeros y el hijo nicaragüense, entro otros.

En el caso de solicitar por primera vez el pasaporte nicaragüense para un menor de edad, el padre o la madre, deben:

  1. Presentar su cédula de identidad original.
  2. Presentar Original y Copia ampliada del documento de identidad de ambos padres.
  3. Original de la partida de nacimiento actualizada del hijo menor de edad.
  4. Llenar formulario de trámite migratorio.
  5. Si uno o ambos padres son extranjeros, deberán identificarse con Pasaporte vigente o con Cédula de Residencia nicaragüense vigente.
  6. Los padres con doble nacionalidad que nunca han tenido cédula nicaragüense, podrán realizar el trámite con documento de identidad del país donde tienen nacionalidad y colilla de solicitud de cédula, original y copias.
  7. Los adolescentes de 16 años de edad, deberán presentar colilla de solicitud de cédula, original y copia.
  8. Comprobante de pago bancario de libreta de pasaporte.
  9. Adicionalmente, todos los menores de 18 años, para salir del territorio nacional necesitan visa de salida de menor de edad.

En Nicaragua, existen cuatro tipos de visa de salida a menores: Visa ordinaria con un periodo de 30 días, una sola salida, no se paga; Visa múltiple de 3 meses; Visa múltiple de 6 meses; Visa múltiple de 1 año.

Si los menores de edad ya tienen pasaporte, entonces los requisitos que deben presentar para la obtención de la visa de salida son:

  1. Certificado de Nacimiento;
  2. Pasaporte con al menos 6 meses de vigencia;
  3. Permiso Notariado previamente autorizado y firmado por los padres del o la menor de edad ante un NOTARIO;
  4. Fotocopia de la cédula de identidad de ambos padres.

El pasaporte para mayores de 16 años es de 10 años, y el de menores de 16 es por 5 años.

Se hace necesario señalar, que al acudir ante un abogado debe asegurarse que sea también notario y que se encuentre activo, es decir que no se encuentre suspendido en el ejercicio de su profesión.

Cómo puede obtener el permiso de salida en los siguientes supuestos:

  1. Si uno de los padres se encuentra en el extranjero o los dos se encuentran en el extranjero: Quien posee la autoridad parental o representación legal del niño, niña o adolescente en Nicaragua, debe solicitar en la Dirección General de Migración y Extranjería, el movimiento migratorio de la persona que se encuentra fuera del país. Con el movimiento migratorio, se hace presente ante el Notario para que le elabore el correspondiente Permiso de Salida insertando el movimiento migratorio extendido.

En caso de no ser ninguno de los progenitores el que está solicitando el permiso de salida, debe presentar su correspondiente acreditación como representante del menor de edad, sea Sentencia o Poder que lo otorga esas facultades.

  1. Falleció uno o los dos: Si uno de los progenitores falleció, debe presentar original y fotocopia del Certificado de Defunción del fallecido. En el caso de ser ambos progenitores, debe presentarse la persona que tiene la representación legal del menor de edad, con la sentencia judicial correspondiente, el Certificado de nacimiento del niño, niña o adolescente y los Certificados de Defunción, original y fotocopia.

  1. Uno de los progenitores no quiere firmar el permiso: Puede acudir ante la autoridad judicial correspondiente y presentar demanda de Autorización Judicial a menores de edad para salir del país, la cual surge cuando el padre o la madre, quien tiene el cuido y la crianza, necesita obtener permiso de salida del niño/a o adolescente ante la negativa del otro padre o madre, y se basa en los acuerdos en que puedan llegar el padre y la madre.

De igual manera puede solicitar la suspensión de la autoridad parental del progenitor que ha incumplido con sus obligaciones y cuyo proceso cumple con los requisitos ordenados en el Código de Familia. El Juicio de Suspensión de Autoridad Parental es un proceso que lleva su tiempo y en el cual se debe presentar la documentación probatoria respectiva.

Y si uno de los progenitores se encuentra cumpliendo condena o prisión preventiva ¿Qué debe hacer?

  1. Presentar original y copia de la sentencia.
  2. Presentar la certificación de la sentencia mediante la cual se suspendieron los derechos al progenitor privado de libertad. En caso de que la sentencia no contemple pérdida de derechos, deberán autorizar la salida ambos padres mediante escritura pública.

Podés contactar a la Dra. Yessenia Castillo, para aclarar tus dudas legales a través de sus redes sociales Castillo Orue o a su número 8396-4517.

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