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Servicios profesionales: ¿cuáles son tus derechos con este contrato comercial?

Empresas obligan a trabajadores independientes a cumplir jornadas de 8 horas, dice abogado.


El pago por servicios profesionales se ha popularizado en distintas empresas de Nicaragua, un abogado experto en derecho laboral explica que la normativa vigente estipula que estos casos son exclusivamente de tipo comercial, pero algunas empresas violentan las reglas establecidas en este vínculo.

El abogado Víctor Somarriba, manifiesta que algunas empresas obligan a la persona natural a cumplir con ocho horas laborales, subordinarse diariamente a un superior y cumplir con metas fijas como cualquier otro trabajador contratado de manera fija por la empresa.

“Se supone que vos ofrecés un producto o servicio a través de la relación comercial, pero no intervienen horarios, no tengo que estar en el lugar, no me tienen que dar los recursos para hacerlo, yo lo hago a mi ritmo y cumpliendo con lo establecido, así debería hacerse”, enfatiza.

Sin derecho a prestaciones

Quienes establezcan una relación comercial por servicio profesional no tienen derecho a recibir aguinaldo, indemnización y vacaciones, según lo establece la Ley, agrega el abogado.

“Ahí es cuando llegan las demandas, porque, aunque vos estés bajo la figura del Servicio Profesional si esa empresa te obligó a cumplir horarios, te pone un subordinado permanente y diario llegas al centro de labores, ya vos pasás a ser un trabajador con los mismos derechos a quien tiene un contrato fijo, pero a la hora del fin de la relación comercial no te quiere cumplir con esas prestaciones”, comparte.

Pago de IR es la única deducción

De acuerdo a la Ley, a toda persona a la que se le paga por servicios profesionales se le debe deducir de sus honorarios el Impuesto sobre la Renta que exige la Dirección General de Ingresos, también puede solicitar cotizar ante el Instituto de Seguridad Social (INSS) de forma voluntaria.

“Si eres una persona jurídica te retienen de tu salario el 2%, si eres una persona natural te retienen el 10%, de eso se encarga ese contribuyente”, añade.

El jurista hizo el llamado al Ministerio del Trabajo (Mitrab) a fiscalizar a las empresas o contribuyente que a través de esta figura buscan evitarse contratar a una persona a pesar de que la requieran de manera permanente y evadir el cumplimiento de algunas prestaciones.

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