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La importancia de estar al día con los impuestos

En Nicaragua, uno de los más importantes es el IBI.


El pago de impuestos no solo es una obligación legal, sino también un acto de responsabilidad fundamental para el funcionamiento del país.

En Nicaragua, uno de los más importantes es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que se paga ante la alcaldía correspondiente. De acuerdo a Yesenia Castillo, Máster en Responsabilidad Social, año con año, los nicaragüenses tienen la obligación de acercarse a realizar ese pago.

"El pago de los Impuestos sobre Bienes Inmuebles, es el monto correspondiente al avalúo catastral, eso se te hace sobre la propiedad, también va el pago de la basura, que tiene que pasar el camión por la vivienda y el rodamiento de vehículo que tengás pendiente, todo eso te lo van a sumar al momento que se pide el estado de cuenta", añadió.

Así mismo, destacó que este cálculo se hace con base en el avalúo que se hizo inicialmente en la vivienda, desde las medidas, cómo está construida y la ubicación, entre otros factores. De la totalidad, el monto a pagar equivale al 1% sobre el 80% del valor catastral de la propiedad, determinado por la alcaldía.

Los cortes correspondientes de pago

Castillo recordó que la alcaldía establece periodos de pago, "establece que si vos pagás los primeros meses de cada año, tenés una exoneración del 10% sobre el monto total a pagar, pero si pagás después del 30 de junio vas a pagar una multa, una opción es pagar un 50 % en los primeros tres meses y el resto en los siguientes meses, antes de la fecha establecida".

Otro punto importante y que aclaró la especialista, es que si una persona paga este año sus impuestos no está pagando este año, "recordemos que la anualidad de los Impuestos de Bienes Inmuebles se va generando del año que acaba de pasar al año que está transcurriendo, es decir, yo estoy pagando los impuestos del 2024 y vengo arrastrando los meses que van del 2025...".

¿Quiénes están exonerados?

Castillo mencionó la exoneración de este pago para los adultos mayores, pero recalcó que si se cuenta con ese beneficio, se debe cumplir ciertos requisitos. "Tiene que declarar año con año, no basta con que diga que es un adulto mayor y estoy jubilado... al presentarse a declarar le da a conocer a la alcaldía que siguen con vida".

Entre los documentos que siempre le van a solicitar, está la constancia actualizada del INSS, la cédula de identidad y carné del INSS, así mismi, la escritura de propiedad y el certificado relacionado emitido por el Registro de la Propiedad.

En caso de que el adulto mayor tenga alguna imposibilidad física, puede otorgar un poder notarial a un familiar o representante para que realice el trámite correspondiente en su nombre.

Castillo recomendó, a las personas que tienen varios años de deuda que soliciten un arreglo de pago y presentarse con una parte del dinero en efectivo, ya que la alcaldía solicita un abono inicial para establecer los plazos del pago total.

En el caso de los empresarios refirió que es totalmente diferente, "porque para que se le pueda otorgar lo que es la matrícula correspondiente, debe estar al día con todo, con su declaración de la DGI, con sus declaraciones mensuales".