Foto: Gerall Chávez

Foto: Gerall Chávez

Migrantes indocumentados en Costa Rica serán multados con 100 dólares por cada mes vencido

La nueva normativa entrará en vigencia a partir del 20 de abril de 2018.


A partir del 20 de abril de este año, la Ley General de Migración y Extranjería de Costa Rica, comenzará a aplicar la multa por permanencia irregular (ilegal) en el país, informó este lunes la directora de Migración y Extranjería costarricense, Gisela Yockchem a través de un comunicado.

El documento señala que a partir de la fecha del 20 de abril, las personas extranjeras que permanezcan en el territorio costarricense más allá del plazo autorizado por Migración, deberán cancelar US$100 por cada mes vencido de estancia irregular en el país, o en su defecto, se les prohibirá el ingreso por un plazo equivalente al triple del tiempo de su permanencia irregular.

El anuncio dado por Migración y Extranjería indica que el cobro está estipulado en el Artículo 33, inciso 3 de la Ley de Migración, el cual que indica:

“…La persona extranjera tendrá la obligación de egresar del país cuando venza el plazo de permanencia autorizado por la autoridad migratoria, salvo que medie la solicitud de un cambio de categoría o una prórroga otorgada por dicha autoridad migratoria”.

Toda estancia irregular en territorio costarricense hará que las personas extranjeras deban cancelar una multa migratoria equivalente a cien dólares moneda de los Estados Unidos de América (US$100,00), por cada mes de estancia irregular en el país o, en su defecto, se les prohibirá el ingreso por un plazo equivalente al triple del tiempo de su permanencia irregular, indicó la funcionaria.

Además informó que dicha multa no será impuesta únicamente a las personas que ingresen al país en calidad de no residentes, sino que se abarca a las personas extranjeras que posean una categoría migratoria de residencia temporal y categoría especial, y que en el momento de salir del país, tengan su Documento de Identidad Migratorio para Extranjeros (DIMEX), vencido.

El Decreto Ejecutivo N° 40791 – MGP fue aprobado hace años, pero no contaba con los requerimientos y fundamentos para ejecutarlo explico la funcionaria, quien añadió que ahora está lista para que se pueda implementar a partir del 20 de abril de este año concluyó.

La suma de la multa es retroactiva desde el 01 de marzo del 2010, fecha en la que entró en vigencia la Ley General de Migración y Extranjería n° 8764.