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Profanadores de tumbas pueden purgar de uno a tres años de cárcel, según la ley

Un caso reciente se registró en el Caribe Norte.


Alarmados están los pobladores de la comunidad San Andrés en Alto Wangki río Coco, en la Costa Caribe Norte, luego que algunos desconocidos a quienes describen como personas dedicadas al esoterismo, profanaran una tumba y se llevaran el ataúd con el cuerpo de una bebé que había fallecido a los seis meses de nacida.

El abogado Kenneth Hernández señala que, si bien en Nicaragua la profanación de cuerpos está tipificada como un delito en el Código Penal, la sospecha de que este crimen fue motivado por supuestas prácticas esotéricas, no podrían ser consideradas como una agravante durante el juicio si se logra llevar ante la justicia a los responsables.

“El Código Penal ya ha dejado establecido que, si se lleva a una persona a un proceso y se demuestra su culpabilidad en este tipo de acto, va a ser castigada con prisión de uno a tres años”, puntualiza.

En estos casos, solo se considera como agravante el robo del cuerpo para obtener objetos de valor, destaca el jurista.

“Tendría que determinarse si a esta persona la enterraron con algún objeto de valor personal y la desenterraron porque querían quitárselo, allí se le agranda la pena porque estaríamos en presencia de un robo”, remarca.

También se puede considerar como agravante cuando la profanación es motivada para obtener órganos de las personas fallecidas que pueden estar en buen estado, para ser traficados.

La tumba que fue profanada en Alto Wangki ya tenía varios años de existencia y fue la madre de la niña fallecida quien descubrió el hecho al llegar al cementerio familiar y ver que estaba abierta, al acercarse, comprobó que el ataúd ya no estaba.

La Policía Nacional aún tiene el caso bajo investigación.