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Hombre que privó de la vida a su expareja e hija cumplió amenazas de muerte

Tras cometer el crimen se quitó la vida en el barrio Villa Reconciliación Sur, en Managua.


La noche del domingo, a solo unas horas del esperado 23 de junio en que los nicaragüenses festejan el Día del Padre, Bayardo Jesús Morales Osorio de 44 años, enlutó y causó consternación en una de las zonas de Villa Reconciliación en Managua, pues finalmente cumplió con sus amenazas y privó de la vida a su expareja y a su hija de 14 años.

De acuerdo a versiones extraoficiales, el hombre primero asfixió a su esposa y luego estranguló a la hija de ambos, posteriormente se quitó la vida colgándose de un mecate en la vivienda donde habitaban sus victimas.

En enero de este año, la expareja de Morales lo había acusado por intimidación y amenazas, tipificados en la Ley 779, Ley Integral de Violencia contra las Mujeres. En ese entonces, se declaró culpable de estos delitos ante el Juzgado Cuarto Especializado en Violencia de Managua a cargo del juez Harold Leal.

La autoridad judicial decidió otorgarle el principio de oportunidad con una suspensión condicional de la persecución penal, es decir, tras haber aceptado su culpabilidad, si no cumplía con las obligaciones y abstenciones que integran el régimen de prueba, estaría sujeto a que se le dictara una condena inferior a los cinco años de prisión.

A Morales, el juez le impuso una orden de alejamiento en un radio de hasta 500 metros y le ordenó salir de la casa que compartía con su expareja en el barrio Villa Reconciliación. Tampoco podía aproximarse a la víctima en ningún sitio y no mandarle mensajes a través terceras personas.

El juez le mantuvo a Morales el derecho a relacionarse con su hija y su obligación de cumplir con el pago de la pensión alimenticia.

De acuerdo a la abogada Karla Nicaragua, asesora legal de la Asociación de Protección Infantil Quincho Barrilete, según lo que rola en los expedientes judiciales en el Sistema Nicarao, a Morales se le ordenó asistir a terapia cognitiva conductual en un Centro de Adicciones del Ministerio de Salud (Minsa) y para septiembre de este año estaba previsto que el tribunal hiciera una nueva valoración del caso.

Según Nicaragua, el hombre no había cumplido por completo con este tratamiento, aduciendo una enfermedad no especificada, por ello existía la posibilidad de retomar el proceso judicial en su contra.

“Ese principio de oportunidad significa que, si el delito no es grave, vos me admitís que realmente cometiste el hecho, pero te vas a rehabilitar, pero si vos no te rehabilitas yo te abro el proceso cuando se termine ese periodo de prueba, que en este caso era de 8 meses y si cumpliste se extingue la persecución penal, y si no, continúa el juicio, que en este caso no llegó ni a la audiencia inicial”, señala.

María Auxiliadora Ortiz, consuegra de la fallecida, describió a Morales Osorio como un hombre violento que ejercía constantemente agresiones físicas contra ambas víctimas. Además, expresó que pese a tener una orden de alejamiento, la victima le permitió en varias ocasiones ingresar a la vivienda.

“En algún momento Julissa decidió perdonarlo porque le prometió que cambiaría y así lo intentó acompañándole a una iglesia cristiana, pero el problema retornó”, según Ortiz

Al ser delitos son de orden público, cualquier persona puede denunciar al agresor

El abogado experto en derecho penal, Harry Valle, aseguró que, en este tipo de casos, cuando las mujeres son víctimas de violencia, sus vecinos o personas cercanas pueden denunciar al agresor, ya que se trata de un delito de orden público.

Un vecino que prefirió omitir su nombre, afirmó que Morales “era violento y siempre buscaba discusiones con los demás”, sin embargo, señala que nunca lo vieron consumiendo alcohol o estupefacientes.