Foto: Cortesía

Foto: Cortesía

¿Enfermos crónicos y terminales pueden conducir sin restricciones?

El reglamento de la Ley 431 exige exámenes especiales solo a mayores de 70 años que renuevan su licencia.


Nicaragua carece de una normativa que exija a conductores de vehículos con enfermedades crónicas graves y terminales, la realización de exámenes periódicos especiales para determinar si están aptos para estar frente al volante, según la directora de la Escuela de Manejo Eben-Ezer, María Acevedo Flores.

La docente recomienda considerar esta medida en una eventual reforma a la norma administrativa complementaria de la ley 431, Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito.

"Debería ser valorado también con un especialista y esto concatenarlo (unir o enlazar) con lo que es el examen psicológico, actualmente solo se pide el de vista al renovar licencia. El reglamento solamente dice que después de los 70 años cumplidos nosotros tenemos que ser valorados con exámenes especiales para ver si nos renuevan la licencia o nos quitan categorías o pasar de una licencia profesional o a una licencia ordinaria, la única restricción actual es la edad", aclara.

Según Acevedo Flores también requieren exámenes especiales instructores privados y de escuelas de manejo, conductores de transporte de carga especializada (explosivos e inflamable) y transporte de carga sólida, líquida o gaseosa, pero para quienes poseen alguna enfermedad crónica o terminal no hay ninguna exclusión.

"Debemos de responder con una persona que nos vaya a manejar o que nos acompañe y nos instruya claramente a la hora de conducir, pero si no es apto para conducir, si nosotros tenemos secuelas por algún examen o cirugía que nos hayamos realizado tengamos la responsabilidad de no tomar el volante", manifiesta.

Se recomienda que maneje otra persona

El doctor Jorge Manzanares, médico general, afirma que es vital que estos pacientes tengan controladas sus enfermedades y aprendan a identificar aquellos síntomas que puedan ser un riesgo a la hora de conducir, ya que en estos casos lo aconsejable es designar a otra persona para que maneje.

"El mismo paciente tiene la capacidad de determinar si no tiene la facultad física, si se duerme, si se siente inestable, si no se siente con capacidad no debe conducir", insiste.

"Inclusive el paciente diabético que anda sufriendo de crisis de hipoglicemia no conviene que ande manejando, porque en cualquier momento puede haber un desmayo, puede haber un ataque que le va a causar mareo y puede llegar a chocar", añade.

La docente de manejo y el médico coinciden en que tener una enfermedad crónica o terminal no exime de la responsabilidad de respetar las normativas de tránsito y responder ante un accidente.

Recientemente, Rodolfo José Urbina Arévalo, de 58 años de edad, se vio involucrado en un accidente en el que perdieron la vida Kenia Lizeth Paíz Morris y su hijo de cinco años, el pasado 18 de octubre, en Carretera Norte, en Managua.

El día de los hechos, el señalado se dirigía al Hospital Bautista, dónde le realizarían una hemodiálisis por supuestamente ser un paciente renal.