Salvador García / Vos TV

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Defensores de animales piden castigos más duros para maltratadores

También piden que se reglamente la ley 747


Hogares de rescate y defensores de los derechos de los animales, exigen la reglamentación a la Ley 747, Ley de Protección y Bienestar de los Animales Silvestres y Domésticos, lo que permitiría mayores penas a quienes cometan delitos contra los animales.

El último caso de violencia animal que se viralizó en redes sociales ocurrió en la carretera de Acoyapa, Chontales, donde un perro fue arrastrado por una camioneta, conducida por Samuel Antonio Miranda González, a quien la Policía Nacional capturó y será acusado del delito de daño físico y maltrato a animal, así mismo se le suspenderá la licencia de conducir por tres meses.

Elisa Quiroz, presidente de Fundación Adán, aseguró que el castigo será leve para el autor de este hecho, pero sería mayor con la Ley 747 reglamentada, porque aunque el animal estuviera ya muerto, como quiso defenderse, además de maltrato estaría cometiendo un delito ambiental.

“La ley 747 te dice que hay que enterrar a los animales, para no exponer a la contaminación ambiental a la población; y por sentido común si se muere un animal lo más lógico es enterrado, no llevarlo al basurero, no llevarlo a tirar porque ese olor es un daño para la salud”, dijo Quiroz.

La abogada penalista Ileana Martínez, explicó que aunque la Ley 747 no esté reglamentada, si hay herramientas jurídicas contempladas en el Código Penal, que permitiría el acceso a la justicia en estos casos, pero hay desconocimiento y falta de interés de las autoridades.

La abogada se refirió al artículo 391 del Código Penal, que castiga los daños físicos o maltrato a animales como el perpetrado por este conductor, pero la sanción es de apenas de cincuenta a doscientos días multa o trabajo en beneficio de la comunidad de diez a veinte días, por un período no menor de dos horas diarias.

“Aquí la Policía actuó de oficio y aplicando ese artículo 391 del Código Penal, me imagino que como este tipo de conducta ya estaba supuestamente regulada en el Código Penal no se preocuparon por reglamentar la aplicación de la Ley 747, el artículo 11, de la ley establece a las autoridades competentes para ejecutar su aplicación, pero no dice cuál es el procedimiento para aplicar la ley”, agregó la experta.

El Ministerio Agropecuario y Forestal (Magfor), los gobiernos municipales, la colaboración de la Policía Nacional y el Ejército de Nicaragua, serían los encargados de la aplicación si la ley se reglamentara.

Quiroz aclaró que las autoridades policiales están limitadas, porque lo único que pueden hacer sin reglamentación es actuar de oficio ante el evidente maltrato de cualquier animal, ya sea doméstico o silvestre en cautiverio, procediendo a decomisar al animal maltratado.

“El apoyo es básico, la Policía si nos ha apoyado a diferentes organizaciones en diferentes casos para retirar un animal que esté sufriendo maltrato, pero no hay una sanción a la persona que estaba haciendo el daño, entonces esa persona sigue libre, sigue haciendo lo que quiere, hoy le quitamos un perro y después puede volver a tener otro y continuar ese ciclo de violencia porque no hubo multa, no hubo castigo, no hubo educación”, manifestó Quiroz.

Según la presidente de Fundación Adán también existe poca educación por parte de los dueños de mascotas sobre la responsabilidad que representan los animales a su cargo, y que si no desean hacerse cargo más de ellos, lo ideal es darlos en adopción.

“Estamos por eso promoviendo la esterilización entre varios organizaciones que rescatamos animales, porque no es grato que estén los perritos o gatitos pariendo y pariendo, y luego no sabrás a quien regalarlos, pueden caer en malas manos, una meta es que las personas esterilicen a sus mascotas o ayuden a personas de escasos recursos a hacerlo”, refirió Quiroz.