Foto Cortesía.

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Morosos en factura energética podrían ser llevados a juicio si se aprueba reforma a la Ley 554

La propuesta de reforma a la ley fue enviada el 17 de octubre a la Asamblea Nacional por el presidente Daniel Ortega.


"Prácticamente de aprobarse esta reforma a la Ley de Estabilidad Energética estaríamos sumiendo a la mayor parte de la población a grandes niveles de estrés y a presión", concluye el economista Luis Murillo sobre la posibilidad que la Asamblea Nacional apruebe una reforma a la Ley 554 o Ley de Estabilidad Energética.

De aprobarse la reforma, el Instituto Nicaragüense de Energía (INE) perderá sus facultades como ente regulador para resolver los reclamos por deuda de facturación entre los usuarios y Disnorte-Disssur, además le dará facultades a la distribuidora de llevar a juicio y embargar a los usuarios morosos.

La propuesta de reforma a la ley fue enviada el 17 de octubre a la Asamblea Nacional por el presidente Daniel Ortega y es vista por el economista como una medida que deja en la indefensión a los consumidores sobre todo en el actual contexto político que atraviesa el país ya que ha disminuido el poder adquisitivo y los niveles de consumo producto del alto desempleo.

"Creo que esta reforma es bastante injusta porque sólo beneficia al prestador de servicio en este caso: Disnorte-Disssur", señaló Murilllo quien considera que para esta reforma no están tomando en cuenta algunos elementos que son fundamentales, por ejemplo, que dentro de la tarifa de energía eléctrica algunos elementos están poco claros y no se han revisado.

"Como el factor térmico, como el alumbrado público, que muchas veces no se tiene y lo cobran y la energía no registrada por los asentamientos espontáneos. Por otro lado, creo que es una violación flagrante a lo que es el servicio público porque independientemente que la energía eléctrica está siendo prestada por una empresa de carácter privado, es un bien público y se establece que la empresa preste el servicio y debería agostarse la vía administrativa", agregó.

Actualmente, la Ley establece que para que la empresa distribuidora tome acciones legales contra un usuario por impago, antes el INE debe certificar que ese cliente tiene mora en su factura energética, con la reforma esa certificación ya no será necesaria para que la distribuidora entable una demanda contra el usuario.

Al Instituto Nicaragüense de Defensa a los Consumidores (INDEC) esta reforma promovida por el Ejecutivo les ha tomado por sorpresa pues señalan que es a los grandes consumidores a quienes se les debe aplicar esta medida.

El economista sugiere que se debe reconsiderar la aprobación de esta reforma por el impacto económico que tendrá en la población, ademas de hacerse una revisión desde el contrato inicial de concensión porque hay algunos elementos que todavía es la fecha y aún ni se han revisado.

"Uno es que la empresa se iba a comprometer a hacer inversión anual, dos de que la tarifa de energía eléctrica se iba a revisar cada dos años y prácticamente se ha venido moviendo en seis meses o menos de un año, y tres de que como había un ente regulador se tenía que establecer un mecanismo para determinar la vía administrativa con el prestador de servicio y luego pasar al ente regulador para que diera respuesta al consumidor", señaló.