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Pasos a seguir para no perder los subsidios por maternidad y enfermedad con el seguro facultativo

El seguro facultativo integral dejará de cubrir los subsidios por maternidad y enfermedad, pero hay una opción para no perderlos, aquí te lo explicamos


Este miércoles, se conoció que el Consejo Directivo del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), mediante una resolución aprobada el pasado 17 de febrero, acordó que las personas que se afilien al seguro facultativo integral, no tendrán prestaciones económicas por enfermedad y maternidad.

Ante esta situación, Donald Soza, ex funcionario del INSS, explica que los afiliados al seguro social tienen una opción para no perder este beneficio.

Según la resolución 28/345, “los asegurados que soliciten su inscripción al régimen integral de seguro facultativo con el objetivo de obtener cobertura de salud, incluyendo las enfermedades de alto costo, no tendrán derecho a prestaciones económicas. Excepto los asegurados que conserven su derecho, según lo establecido en el artículo 35 del Reglamento General de la Ley de Seguridad Social”.

“El artículo 35 establece que quienes vengan del régimen obligatorio, para entrar al seguro facultativo, si lo hacen dentro de los tres primeros meses y tienen determinada cantidad de cotizaciones en el INSS en los últimos tres años, ellos mantienen el mismo derecho y no se toca con esta resolución”, explicó Donald Soza.

El artículo 35 del Reglamento General de la Ley de Seguridad Social abre la posibilidad de que los asegurados del seguro facultativo no pierdan el derecho a los subsidios económicos por enfermedad y maternidad, ya que este establece que: los asegurados que salgan del régimen integral obligatorio y que soliciten su inscripción al régimen facultativo (en los primeros tres meses después de salir del régimen obligatorio), con el objetivo de obtener cobertura de salud, incluyendo las enfermedades de alto costo, podrán gozar de prestaciones económicas por subsidios. El otro requisito para mantener el beneficio es acreditar ochenta o más cotizaciones semanales dentro de los últimos tres años previos a la solicitud.

Soza aclaró que antes de ser aprobada esta resolución, las personas que estaban bajo el régimen de seguro facultativo integral, debían pagar durante un año para tener derecho a las prestaciones económicas por maternidad y enfermedad.