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¿Qué debe proporcionarle su empleador si trabaja desde casa?

Estas son las recomendaciones que hace un experto si por riesgo de contagio prefiere laborar desde casa.


Si usted tiene síntomas leves de Covid-19 o sospechas de la enfermedad y ha decidido guardar cuarentena, pero continuar trabajando desde casa, debe saber que su empresa es responsable de brindar todos los recursos que permitan cumplir con sus horas laborales.

José Antonio López, abogado experto en temas laborales, manifestó que según el Código del Trabajo en su artículo 17 los empleadores deben cumplir con proporcionar oportunamente el material necesario para realizar cada una de las actividades contempladas durante el mismo.

López resaltó que esta premisa debería mantenerse en caso de teletrabajo.

“Estos son pactos por la vía de hecho que no están regulados mediante Ley, en los que el empleador y el trabajador establecen que lo mejor es enviarlo a casa a ese colaborador en caso de estar contagiado", dijo el especialista.

López aclaró que en Nicaragua no es regulado el teletrabajo, por lo que es un arreglo entre el empleador y el trabajador.

El experto en derecho laboral explicó que para recibir este permiso de cuarentena en caso de haber contraído el virus lo mejor es hacerlo mediante una constancia médica, que el trabajador lo reporte y el empleador garantice su plaza de trabajo.

“Hay que estar claro que el empleador tiene que garantizar la reserva de la plaza de trabajo, el hecho de que el trabajador esté de baja por enfermedad recordemos que se le da un subsidio (…) no puede ser despedido si hay un subsidio que confirme su enfermedad”, enfatizó López.

Ejecutar teletrabajo o no dependerá de la sintomatología del colaborador. De ser grave se le debe brindar sus días de vacaciones que tenga pendiente sin objeción alguna, de acuerdo a lo que establece la Ley.