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Pensión de viudez para hombres, ¿qué dice la legislación actual?

Para ser beneficiario de la pensión de viudez para hombre hay ciertos requisitos que cumplir, según explica un especialista.


Muy poco se escucha hablar de la pensión de viudez para los hombres, sin embargo, existen ciertos parámetros que permiten a los hombres acceder a este beneficio.

Manuel Ruiz, experto en seguridad social explica que, en primer lugar, la Ley de Seguridad Social vigente, Ley 974 y su reglamento 975, fueron publicados en La Gaceta de 1982, mientras que la Constitución Política vigente se publicó en enero de 1987 y sus anteriores reformas.

"De manera que al momento de aprobar la Carta Magna muchos de sus artículos de la Ley y el Reglamento no se reconcilian con las normativas constitucionales, como es el caso del artículo 67 del reglamento general de la Ley de Seguridad Social", dice.

Esto dice la ley

El mencionado artículo señala que,” los hombres tienen derecho a la pensión de viudez con una notable diferencia de la pensión de viudez de la mujer, primero porque el viudo debe tener más de 60 años y no recibe pensión de vejez, y segundo puede acceder a este beneficio cuando es menor o mayor a 60 años de edad y se encuentra inválido”, refirió el especialista.

¿Pero cuando no se le otorga pensión de viudez al hombre?, cuando fallece su esposa o compañera de vida y él es mayor de 60 años y recibe pensión de vejez por parte del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (Inss).

Tampoco se otorga pensión de viudez cuando al momento de fallecer su esposa, él es menor a los 60 años de edad y no es inválido, que de acuerdo al experto esta explicación del articulo 67 roza con la Constitución en su artículo 27 que establece, “Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección”.

De acuerdo, Ruiz, “el principio constitucional establece que ninguna ley puede estar encima de la Constitución Política, de tal manera que el artículo 67 del reglamento a la seguridad Social está subordinado al artículo 27 de la Carta Magna”.

El especialista señala que el hombre que solicita la pensión de viudez y cuya resolución es negativa, el agraviado tiene 15 días para solicitar un recurso de revisión basado en la Ley 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

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