Lo que se ha cometido en Nicaragua son “Crímenes de lesa humanidad” Asegura Leiva

Lo que se ha cometido en Nicaragua son “Crímenes de lesa humanidad” Asegura Leiva

Lo que se ha cometido en Nicaragua son “crímenes de lesa humanidad”, según Álvaro Leiva

Álvaro Leiva Sánchez, Secretario Ejecutivo de la ANPDH, afirma que de comprobarse que en Nicaragua se han cometido crímenes de lesa humanidad, la responsabilidad recaería sobre el actual presidente de la rRpública Daniel Ortega Saavedra y sus funcionarios.


Álvaro Leiva Sánchez, Secretario Ejecutivo de la ANPDH, afirma que de comprobarse que en Nicaragua se han cometido crímenes de lesa humanidad, la responsabilidad recaería sobre el actual presidente de la República Daniel Ortega Saavedra y sus funcionarios.

La ministra de Salud Sonia Castro, desde que inició la crisis sociopolítica en el país, ha sido señalada como autora intelectual de orientar en los hospitales de salud públicos de negar la atención médica a cientos de estudiantes universitarios y personas de sociedad civil que participaron en manifestaciones y protestas contra el gobierno y como resultado fueron heridos o asesinadas.

La sociedad civil, la conferencia episcopal y diferentes sectores económicos del país han hecho un llamado al presidente Ortega para frenar todo tipo de violencia contra el pueblo de Nicaragua principalmente registrado en los departamentos de Masaya, Managua, Estelí, Matagalpa, Sébaco, León, Carazo, Granada y Chinandega.

¿Qué son los crímenes de lesa humanidad?

Este estatuto que fue adoptado en la ciudad de Roma, Italia, el 17 de julio de 1998, durante la "Conferencia Diplomática de plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional", señala que un crimen de lesa humanidad se refiere a lo siguiente:

Asesinato: homicidio intencionado.

Exterminio: imposición intencional de condiciones de vida, entre otras la privación del acceso a alimentos o medicinas, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población. El exterminio está estrechamente relacionado con el genocidio, ya que ambos se dirigen contra un gran número de personas. Ahora bien, el exterminio se da en casos en que se mata a grupos de personas que no comparten características comunes o cuando se mata a algunos miembros de un grupo pero no a otros.

Esclavitud: ejercicio de derechos de propiedad sobre una persona, incluido el tráfico de personas, en particular de mujeres y niños.

Deportación o traslado forzoso de población: expulsión de personas de la zona donde están presentes legítimamente sin motivos autorizados por el derecho internacional, entendiéndose que la deportación supone cruzar fronteras nacionales, mientras que el traslado forzoso ocurre dentro de ellas.

Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional;

Tortura: dolor o sufrimientos graves, físicos o mentales, causados intencionadamente a una persona que el acusado tenía bajo su custodia o control. Dentro de estos se contempla los casos de Tortura Médica, siendo un ejemplo de esta los experimentos humanos forzosos.

Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado,esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable; (La violación y otros abusos sexuales también pueden constituirse en crímenes de competencia de la Corte como tortura, en tanto que éste es un crimen de lesa humanidad o un crimen de guerra).

Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional.

Desaparición forzada de personas: detención o secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, consentimiento o aquiescencia, junto con la negativa a reconocer la privación de libertad o a proporcionar información sobre la suerte que han corrido los «desaparecidos» con la intención de privarlos de la protección de la ley durante un largo periodo.

El crimen de apartheid: actos inhumanos cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial por otro con la intención de mantener ese régimen.

Otros actos inhumanos de carácter similar que acusen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.