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Carga en autobuses debe tener mayor regulación, recomienda CGC

El exceso de carga en las unidades genera mayor riesgo de accidentes de tránsitos, advierte organización.


El exceso de carga con el que viajan algunos autobuses con destino a los departamentos del país tiende a incrementar en estas fechas debido a la alta demanda del servicio de paquetería. La Consultoría del Gestor al Consumidor (CGC) señala que urge una mayor regulación por parte de las autoridades competentes, pues las unidades que circulan de esta manera se exponen a un alto riesgo de accidentes de tránsito.

Al respecto, Rubén Arriola, director de la CGC, recordó que toda unidad de autobús tiene una capacidad de carga que por seguridad no debe sobrepasarse.

Señaló que la mayoría de los autobuses en promedio tienen una capacidad de 80 pasajeros que pueden viajar cómodamente sentados y cuyos equipajes pueden ir guardados en los espacios interiores (arriba de la silla del pasajero) que traen muchas de las unidades.

No obstante, lamentó que en el caso de las canasteras “se sobrepase el peso, tanto de equipaje o cargas exclusivas muy sólidas”, pues se acostumbra colocar objetos pesados en este espacio, como juegos de muebles, incluso motocicletas.

“Es preocupante, quien debe tomar en cuenta esta situación de riesgo y exposición de personas al peligro es la Policía Nacional de Tránsito junto a la Dirección General de Transporte Terrestre”, dijo Arriola.

Sumado a esto, la CGC asegura que los usuarios se ven afectados con los cobros exorbitantes por el servicio paquetería, así pues recomienda a las autoridades mayor incidencia en el tema.

“Cuando llega la fecha de Navidad o Año Nuevo algunos transportistas de Rivas se aprovechan, los pasajeros no tenemos culpa de que el bus no preste las condiciones para llevar termos u otros elementos, le cobran de 30 a 50 córdobas, además de lo incomodo uno tiene que pagar más, esto no tiene que ser así porque en esta fecha nadie los controla y ellos aumentan precios y abusan en cobrar adicionalmente”, comentó Carla Cruz, usuaria del transporte.

De acuerdo a la CGC, la Ley 524, Ley General de Transporte Terrestre, establece llamados de atención por escrito al transportista y hasta pérdida de la concesión cuando reincide en este tipo de riesgos para los usuarios. De igual forma la Ley 431, Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito establece sanciones para los conductores.

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